{"id":66721,"date":"2025-05-08T16:34:15","date_gmt":"2025-05-08T16:34:15","guid":{"rendered":"https:\/\/1045radiolatina.com\/wnrl\/?page_id=66721"},"modified":"2025-05-16T15:30:08","modified_gmt":"2025-05-16T15:30:08","slug":"codigo-etica","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/1045radiolatina.com\/wnrl\/codigo-etica\/","title":{"rendered":"C\u00d3DIGO DE \u00c9TICA DE LA CONCESIONARIA IMAGEN RADIO COMERCIAL, S.A. DE C.V."},"content":{"rendered":"\n<!DOCTYPE html>\n<html lang=\"es-MX\">\n<head>\n  <meta charset=\"UTF-8\">\n    <meta content=\"Content-Type=utf8\"><meta>\n    <style>\n      \n      div#codigo-etica-irc{\n        margin:0 auto;\n        width:90%\n      }\n\n    <\/style>\n\n<\/head>\n\n<body>\n<div id=\"codigo-etica-irc\">\n  \n  <h3>Introducci\u00f3n<\/h3>\n  \n  <p>En virtud de implementar un marco \u00e9tico y de responsabilidad que rija las actividades de las estaciones concesionadas, se presenta el C\u00f3digo de \u00c9tica en el que se establecen los ejes rectores con los cuales deber\u00e1n conducirse todos los involucrados en el ejercicio comunicativo de las estaciones. <\/p>\n  \n  <h3>Objetivo<\/h3>\n  \n  <p>El presente documento tiene como objetivo salvaguardar los derechos de las audiencias en el marco de los art\u00edculos 6\u00b0 y 7\u00b0 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos, garantizando con ello el respeto a la libertad de expresi\u00f3n, diversidad de las ideas, derecho de r\u00e9plica, as\u00ed como el respeto al Derecho de las Audiencias.<\/p>\n  <p>Se implementar\u00e1n mecanismos de seguimiento a las opiniones de las audiencias, por consiguiente, es de vital importancia que, a partir de la figura del Defensor de Audiencias, se atiendan en forma y tiempos espec\u00edficos los asuntos que requieran una acci\u00f3n sobre los contenidos y la programaci\u00f3n que se transmite.<\/p>\n  \n  <h3>Misi\u00f3n<\/h3>\n  \n  <p>Comprometernos con nuestras audiencias, y establecer directrices para que nuestros medios de comunicaci\u00f3n se gu\u00eden por criterios \u00e9ticos para el tratamiento de la informaci\u00f3n y los contenidos que se presentan, con el fin de prevenir comportamientos de los que se pueda derivar alg\u00fan tipo de da\u00f1o a la sociedad o desprestigio para la Radiodifusi\u00f3n.<\/p>\n  \n  <h3>Visi\u00f3n<\/h3>\n  \n  <p>Consolidarnos como un medio p\u00fablico de vanguardia que genere contenidos \u00e1giles e innovadores, la cual se debe dar bajo la libre expresi\u00f3n e independencia editorial.<\/p>\n  \n  <h3>Valores<\/h3>\n  \n  <p>Los valores que gu\u00edan el actuar son:<\/p>\n  <ul>\n    <li>Confidencialidad<\/li>\n    <li>Entorno Cultural<\/li>\n    <li>Igualdad<\/li>\n    <li>Integridad<\/li>\n    <li>Inter\u00e9s P\u00fablico<\/li>\n    <li>Liderazgo<\/li>\n    <li>Respeto<\/li>\n    <li>Transparencia<\/li>\n    <li>Honestidad<\/li>\n  <\/ul>\n  \n  <h3>Procedimiento, Recepci\u00f3n y Seguimiento de Observaciones, Quejas, Sugerencias y Peticiones Realizadas por las Audiencias<\/h3>\n  \n  <p>En la p\u00e1gina oficial se encontrar\u00e1n los procedimientos de quejas, comentarios y sugerencias que podr\u00e1n llevar a cabo las audiencias sobre los contenidos transmitidos.<\/p>\n  <p>Las audiencias podr\u00e1n presentar sus observaciones, quejas, sugerencias o peticiones de forma escrita por medios electr\u00f3nicos, tel\u00e9fono o de forma presencial. Se implementar\u00e1n los mecanismos necesarios para atender a las audiencias con discapacidades. La respuesta ser\u00e1 individual. <\/p>\n  <p>Las audiencias tendr\u00e1n un plazo de 7 d\u00edas h\u00e1biles, posteriores a la emisi\u00f3n del programa en materia de la queja o se\u00f1alamiento, para hacer llegar sus quejas o sugerencias, conforme al art\u00edculo 261, p\u00e1rrafo segundo de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusi\u00f3n. <\/p>\n  <p>El Defensor deber\u00e1 atender la solicitud presentada dentro del plazo m\u00e1ximo de 20 d\u00edas h\u00e1biles, contados a partir de que se presente la queja o sugerencia por parte de las audiencias. El Defensor analizar\u00e1 el escrito presentado y determinar\u00e1 si cumple con todos los requisitos necesarios para su tramitaci\u00f3n, conforme al art\u00edculo 261, p\u00e1rrafo segundo de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusi\u00f3n.  <\/p>\n  <p>En caso de que la solicitud respectiva sea presentada fuera del plazo de los 7 d\u00edas, antes referido, ser\u00e1 desechada inmediatamente, lo cual, en caso de contar con datos de identificaci\u00f3n y ubicaci\u00f3n suficientes, se har\u00e1 del conocimiento del solicitante por escrito. No ser\u00e1 impedimento para el desechamiento de la solicitud el que carezca de requisitos de identificaci\u00f3n o ubicaci\u00f3n de la persona. <\/p>\n  <p>En caso de resultar necesario, el Defensor deber\u00e1 requerir al solicitante la especificaci\u00f3n o complementaci\u00f3n de los datos e informaci\u00f3n, otorg\u00e1ndole un plazo de 5 d\u00edas h\u00e1biles para desahogarlo. Dicho requerimiento suspender\u00e1 el plazo de 20 d\u00edas h\u00e1biles, el cual se reanudar\u00e1 al siguiente d\u00eda en que se efect\u00fae el desahogo. Si el solicitante no atiende el requerimiento oportunamente, el Defensor desechar\u00e1 la solicitud, lo cual le ser\u00e1 notificado por escrito. El Defensor podr\u00e1 requerir informaci\u00f3n al solicitante m\u00e1s de una vez bajo las reglas especificadas, siempre y cuando en dicha tramitaci\u00f3n, no se rebase el plazo m\u00e1ximo para atender las solicitudes conforme al art\u00edculo 23 de los Lineamientos Generales para garantizar los Derechos de las Audiencias, p\u00e1rrafos tercero y cuarto.<\/p>\n  <p>En caso de no requerir especificaci\u00f3n o complementaci\u00f3n de dato alguno o una vez desahogado adecuadamente el requerimiento, el Defensor solicitar\u00e1 por escrito a la concesionaria, las explicaciones que se consideren pertinentes, seg\u00fan sea el caso, las cuales siempre deber\u00e1n ser formuladas acorde a la prioridad del Defensor consistente en hacer valer los derechos de las audiencias.<\/p>\n  <p>La concesionaria deber\u00e1 exponer de manera clara las explicaciones que en el caso correspondan, siempre teniendo en cuenta la obligaci\u00f3n de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos de las audiencias.<\/p>\n  <p>Una vez se hayan realizado las explicaciones que considere pertinentes, el Defensor responder\u00e1 al solicitante aportando las respuestas recibidas y con una explicaci\u00f3n del asunto que se trate, en la que especifique si a su juicio existen violaciones a los derechos de las audiencias.<\/p>\n  <p>En el supuesto de que, a juicio del Defensor, existan en el caso concreto violaciones a los derechos de las audiencias, deber\u00e1 emitir o proponer la emisi\u00f3n de la rectificaci\u00f3n, recomendaci\u00f3n o propuesta de acci\u00f3n correctiva que corresponda, la cual deber\u00e1 ser clara y precisa.<\/p>\n  \n  <h3>Pol\u00edticas de Contenidos<\/h3>\n  \n  <p>Todos los que conformen el equipo de trabajo de las estaciones concesionadas, est\u00e1n obligados a cumplir las siguientes consideraciones que rigen las pol\u00edticas de producci\u00f3n y transmisi\u00f3n de contenidos:<\/p>\n  <ol>\n    <li>Se vigilar\u00e1 que tanto los contenidos como la publicidad, sean propicios para el p\u00fablico receptor de acuerdo con el horario.<\/li>\n    <li>En las transmisiones de radio y televisi\u00f3n se evitar\u00e1 el uso de lenguaje vulgar, obsceno o grosero, asimismo, se evitar\u00e1 el uso de expresiones que tiendan a la discriminaci\u00f3n o que tengan la intenci\u00f3n de ofender, de igual modo, se tomar\u00e1 en cuenta al p\u00fablico al que va dirigido. <\/li>\n    <li>Se respetar\u00e1 en todo momento el derecho del honor, a la intimidad o privacidad, en especial cuando se trate de ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes. Se considerar\u00e1 excepci\u00f3n a este principio, los casos en que el comportamiento de un servidor p\u00fablico afecte el inter\u00e9s general o se trate de informaci\u00f3n de inter\u00e9s p\u00fablico. <\/li>\n    <li>Se observar\u00e1n los criterios y est\u00e1ndares que resulten de la legislaci\u00f3n en materia de protecci\u00f3n de la infancia.<\/li>\n  <\/ol>\n  \n  <h3>Derechos de las Audiencias<\/h3>\n  <p>El presente c\u00f3digo adopta y reconoce como derechos m\u00ednimos de las audiencias, acorde a lo establecido en los art\u00edculos 256 y 258 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusi\u00f3n, los siguientes:<\/p>\n  <ol style=\"list-style: upper-roman;\">\n    <li>Recibir contenidos que reflejen el pluralismo ideol\u00f3gico, pol\u00edtico, social, cultural y ling\u00fc\u00edstico de la Naci\u00f3n.<\/li>\n    <li>Que se respeten los horarios de los programas y que se avise con oportunidad los cambios a la misma y se incluyan avisos parentales.<\/li> \n    <li>Ejercer derecho de r\u00e9plica, en t\u00e9rminos de la Ley.<\/li>\n    <li>Que se mantenga la misma calidad y niveles de audio y video durante la programaci\u00f3n, incluidos los espacios publicitarios.<\/li>\n    <li>En la prestaci\u00f3n de los servicios de radiodifusi\u00f3n, estar\u00e1 prohibida toda discriminaci\u00f3n motivada por origen \u00e9tnico o nacional, el g\u00e9nero, la edad, las discapacidades, la condici\u00f3n social, las condiciones de salud, la religi\u00f3n, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.<\/li>\n    <li>El respeto de los derechos humanos, el inter\u00e9s superior de la ni\u00f1ez, la igualdad de g\u00e9nero y la no discriminaci\u00f3n.<\/li>\n  <\/ol>\n  <p>Adem\u00e1s, de los derechos previstos en esta Ley, y con el objeto de que exista una igualdad real de oportunidades, las audiencias con discapacidad gozar\u00e1n de los siguientes derechos:<\/p>\n  <ol style=\"list-style: upper-roman;\">\n    <li>Contar con servicios de subtitulaje, doblaje al espa\u00f1ol y lengua de se\u00f1as mexicana para accesibilidad a personas con debilidad auditiva. Estos servicios deber\u00e1n estar disponibles en al menos uno de los programas noticiosos de mayor audiencia a nivel nacional.<\/li>\n    <li>A que se promueve el reconocimiento de sus capacidades, m\u00e9ritos y habilidades, as\u00ed como la necesidad de su atenci\u00f3n y respeto.<\/li>\n    <li>A contar con mecanismos que les den accesibilidad para expresar sus reclamaciones, sugerencias y quejas a los defensores de las audiencias, siempre y cuando no represente una carga desproporcionada o indebida al concesionario.<\/li>\n    <li>Acceso a la gu\u00eda de programaci\u00f3n a trav\u00e9s de un n\u00famero telef\u00f3nico o de portales de Internet de los concesionarios en formatos accesibles para personas con discapacidad.<\/li>\n  <\/ol>\n  <p>Con fundamento en el art\u00edculo 4\u00b0, fracci\u00f3n V de los Lineamientos Generales para garantizar los Derechos de las Audiencias, se hace la menci\u00f3n expresa respecto a la observancia de los principios y preceptos a que deben sujetarse las transmisiones en t\u00e9rminos del marco jur\u00eddico aplicable, tales como la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusi\u00f3n, la Ley General de los Derechos de Ni\u00f1as, Ni\u00f1os y Adolescentes, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminaci\u00f3n, entre otras.<\/p>\n<\/div>\n<\/body>\n<\/html>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Introducci\u00f3n En virtud de implementar un marco \u00e9tico y de responsabilidad que rija las actividades de las estaciones concesionadas, se presenta el C\u00f3digo de \u00c9tica en el que se establecen [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"parent":0,"menu_order":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","template":"","meta":{"tdm_status":"","tdm_grid_status":"","footnotes":""},"class_list":["post-66721","page","type-page","status-publish"],"amp_enabled":true,"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/1045radiolatina.com\/wnrl\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/66721","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/1045radiolatina.com\/wnrl\/wp-json\/wp\/v2\/pages"}],"about":[{"href":"https:\/\/1045radiolatina.com\/wnrl\/wp-json\/wp\/v2\/types\/page"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/1045radiolatina.com\/wnrl\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/1045radiolatina.com\/wnrl\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=66721"}],"version-history":[{"count":4,"href":"https:\/\/1045radiolatina.com\/wnrl\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/66721\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":66755,"href":"https:\/\/1045radiolatina.com\/wnrl\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/66721\/revisions\/66755"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/1045radiolatina.com\/wnrl\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=66721"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}